lunes, 26 de agosto de 2013

http://www.slideshare.net/Gloriallagas/la-nulidad-del-negocio-jurdico-a-travs-del

1 comentario:

  1. Muy interesante el tema lo que puedo comentar es que, la manifestación de voluntad puede ser expresa o tacita. Es expresa cuando se realiza en forma oral o escrita, a través de cualquier medio directo, manual, mecánico, electrónico u otro análogo. Es tacita cuando la voluntad se infiere indubitablemente de una actitud o de circunstancias de comportamiento que revelan su existencia.
    No puede considerarse que exista manifestación tacita cuando la ley exige declaración expresa o cuando el agente formula reserva o declaración en contrario.

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